Extinfrisa,
en total concordancia con las normativas vigentes, ofrece servicios para la
gestión completa de instalaciones que contienen HCFC, en particular el R22.
La normativa actual,
española y comunitaria, prevé que los HCFC extraídos de las instalaciones
de acondicionamento o refrigeración durante actividad de retrofit (o desactivación definitiva de la instalación),
sean indentificados como “Residuos Especiales Peligrosos”.
Lo mismo se aplica a las provisiones no utilizadas (o no legalmente utilizadas en lo adelante) para actividades de restablecimiento del
nivel en las instalaciones existentes.
Estos residuos no pueden ser liberados a la atmósfera, ni pueden ser reutilizados en otras instalaciones,
sino que tienen que ser entregados a un Gestor Autorizado de Residuos.
En relación con esto, llamamos su atención acerca de que el Reglamento
CE 2037/2000 (ver Anexo) prohíbe la utilización de los HCFC en los equipos y contempla que a partir del próximo 1° de
enero de 2010 los HCFC vírgenes no podrán ser utilizados, ni tampoco en operaciones de manteniemiento de instalaciones existentes.
Acerca de la comercialización de los HCFC regenerados y la correcta gestión de los
HCFC reciclados, el reciente Reglamento CE 1005/2009 detalla las obligaciones y deberes ya previamente definidos por el Reglamento CE 2037/2000.
Lo servicios que Extinfrisa ofrece para la gestión completa de las instalaciones que contienen HCFC son:
- Muestra in situ
- Puesta a disposición de envases destinados a la destrucción del residuo (envases y cilindros)
- Tratamiento (regeneración y reciclaje) del fluido
- Destrucción del fluido refrigerante residual
- Gestión logística del residuo
Extinfrisa ofrece la gestión completa de fluidos refrigerantes residuales,
garantizando los procedimientos y documentación previstos por la Ley,
así como la emisión de la declaración que demuestra la entrega y el tratamiento sucesivo de los fluidos refrigerantes a
través del Gestor Autorizado de Residuos.
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